Con relación a la información recientemente divulgada por medios de comunicación, sobre los pagos realizados a participantes de 29 y 30 años dentro del programa Jóvenes en Paz, es necesario aclarar que la interpretación que realizan las fuentes de dichos artículos de prensa del Decreto 1649 de 2023 es inexacta: no contempla la integralidad de la normativa que regula el programa.
El Decreto 1649 de 2023, en su artículo 18 establece las causales de NO vinculación al programa; el numeral 3 indica: “Haber cumplido o tener más de 29 años al momento de realizar la inscripción al Programa Nacional Jóvenes en Paz”. A su vez, el artículo 19 define las causales de terminación de la vinculación al programa, sin que se incluya causal asociada al cumplimiento de 29 años de los participantes. Dicho de otra manera, se puede ingresar al programa teniendo menos de 29 años, y permanecer en él incluso después de haberlos cumplido.
El artículo 42 de la misma norma establece las causales de suspensión de la transferencia monetaria condicionada y ninguna de ellas se encuentra asociada al cumplimiento de 29 años de los jóvenes vinculados al programa. En este sentido, la edad es un criterio de vinculación mas no de permanencia del programa.
Por lo tanto, los jóvenes que ingresaron cumpliendo con el requisito de edad continúan recibiendo las transferencias monetarias, un máximo de 12 pagos por beneficiario y una permanencia de hasta 18 meses, garantizando así su continuidad dentro de la ruta de atención integral.
Es importante recordar que el programa Jóvenes en Paz no se limita a la entrega de transferencias monetarias; su propósito es implementar una ruta de atención integral a los participantes, incluyendo componentes educativos, formativos y de acompañamiento psicosocial. Excluir a los participantes por razones de edad significaría también interrumpir su acceso a estos componentes, lo cual iría en contravía de los objetivos del programa.
A este tipo de afirmaciones que divulgaron en algunos medios de comunicación le falta el contexto y el conocimiento pleno de la normatividad; genera confusión sobre el funcionamiento de programas sociales diseñados para la inclusión y el bienestar de la juventud.
Para el Gobierno y para Prosperidad Social, como entidad que encabeza el sector de la Inclusión Social y la Reconciliación, es fundamental la participación ciudadana de los jóvenes en la transformación del país, y de sus condiciones sociales. Instamos a los medios de comunicación, claves en la difusión y alcance de los programas, a consultar la normatividad y el alcance de las estrategias que están en marcha para la construcción de la justicia social y la reconciliación en Colombia; y les recordamos que nuestros canales con la prensa están siempre abiertos para las consultas o dudas que puedan tener.
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