COMUNICADO A LA OPINION PÚBLICA SOBRE CONVENIO PARA ATENCIÓN A SOBREVIVIENTES DE LA UP

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Bogotá, D.C., 9 de enero de 2024. Ante la divulgación en redes sociales de información distorsionada sobre un convenio firmado por la entidad para atender con proyectos productivos a sobrevivientes del extinto movimiento Unión Patriótica, Prosperidad Social se permite brindar a la opinión pública la siguiente información: 

 

  1. El convenio 689 FIP de 2023, firmado el pasado 17 de noviembre para atender a sobrevivientes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano (UP-PCC), responde a una obligación del Estado encomendada a Prosperidad Social a través del decreto 1066 de 2015.

  2. Dicho decreto, “…Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.”, estableció medidas para cesar o mitigar las amenazas o vulneraciones de los derechos humanos de los dirigentes, miembros y sobrevivientes de ese partido político, mediante la formación, implementación y seguimiento de proyectos productivos que les permita generar ingresos autónomos.

  3. Esta no ha sido la única intervención que ha ejecutado Prosperidad Social con este propósito; al tener un origen de carácter legal y mandatorio, desde el 2015 la entidad ha ejecutado 4 convenios con el mismo carácter: el 158FIP de 2015, el 202FIP DE 2016, el 255FIP DE 2020 y el 717FIP DE 2021. De modo que el suscrito por la actual administración es el quinto. De los mencionados, el firmado durante el gobierno anterior, en el 2021, tuvo un valor cercano a los 3.600 millones de pesos, de los cuales Prosperidad Social aportó 3.278 millones para atender a 299 personas de la mencionada población. Para el convenio 689 FIP de 2023, cuyo valor es de $2.933.716.400, Prosperidad Social aportará $2.883.716.400 para la atención de 159 personas.

  4. Vale la pena tener en cuenta que el antecedente histórico de esta normativa fue una petición de la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH), quien le solicitó al Estado colombiano implementar medidas para la restitución de los derechos y salvaguardar la vida de los líderes, miembros y sobrevivientes de la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano. Esto como resultado de una denuncia que interpusieron, ante ese organismo, los sobrevivientes del exterminio sistemático de más de 4.000 personas de ese movimiento, que fueron secuestradas, desaparecidas o asesinadas entre 1984 y 2002, según cifras del Centro Nacional de Memoria Histórica (Todo pasó frente a nuestros ojos …).

  5. En atención a esas acciones, el Gobierno promulgó el mencionado decreto 1066 de 2015. Este unificó el Programa Especial de Protección para las personas de ese movimiento político, designó a Prosperidad Social como la entidad encargada de entregar las subvenciones para el desarrollo de unidades productivas de la población objeto de dicho decreto y estableció en 12 SMMLV, el monto de aquellas.

  6. Por último, es pertinente recordar que uno de los propósitos misionales de Prosperidad Social es formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para la inclusión social y la reconciliación de los colombianos. Esa reconciliación pasa por brindar oportunidades de integración económica a las personas que, estando en una situación de vulnerabilidad por razones de pobreza o violencia, han sido excluidas del sistema económico y productivo del país. Trabajar por su inclusión social y productiva ha sido y será parte de nuestras acciones para sembrar paz total y duradera en todo el territorio nacional. 

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