Preguntas frecuentes proceso de inscripciones fase IV año 2023 - Programa Familias en Acción Fase IV - Tránsito a Renta Ciudadana
La selección de las familias se realiza a través de un proceso denominado “focalización”. En este proceso se tienen en cuenta tres variables (criterios de focalización).
La primera, los hogares que ya cuenten con encuesta SISBEN IV.
La segunda, que las familias (unidades de gasto) que conforman estos hogares tengan como resultado de su encuesta una clasificación A1, A2, A3, A4, A5, B1, B2, B3 y B4 es decir aquellas familias que se encuentran en pobreza y pobreza extrema.
Y la tercera, que estas familias tengan registradas en su ficha SISBEN a los Niños, Niñas y/o adolescentes a su cargo.
El proceso de focalización se realiza previo a la apertura de las inscripciones con la información disponible en el SISBEN IV con corte 10 de abril de 2023. Una familia que cumpla con las tres variables mencionadas anteriormente podrá ser incluida en los listados de focalización y participar de las convocatorias a inscripción.
Sí. Para que una familia sea seleccionada en el proceso de focalización debe tener registrada en su ficha SISBEN IV a los niños, niñas y/o adolescentes que tengan a su cargo.
Los listados de focalización son generados desde Prosperidad Social con base en los criterios definidos para seleccionar a las familias que pueden hacer parte del Programa Familias en Acción fase IV – Tránsito a Renta Ciudadana.
No. Cualquier familia que ya haya participado en un proceso de inscripción para la Fase IV, independientemente de cuál sea su estado actual en el programa, no saldrá en los listados de focalización.
No. Uno de los criterios que se maneja para este proceso de focalización es que los hogares que ya participaron anteriormente de un proceso de inscripción no serán focalizados nuevamente, así sea por un solo miembro de la unidad de gasto.
El proceso de inscripción se desarrollará entre el 10 de mayo y el 15 de junio de 2023. Teniendo en cuenta lo señalado en el parágrafo 3, artículo 10 de la Ley 1532 de 2012 “No se podrán hacer afiliaciones al Programa Familias en Acción durante los noventa (90) días, previos a una contienda electoral de cualquier circunscripción.”
Se seleccionaron en el proceso de focalización a las familias que estaban registradas en la base del SISBEN IV con fecha de corte 10 de abril de 2023 y que cumplían con las tres variables (criterios de focalización) mencionados anteriormente. Estas familias se incluyeron en los listados de focalización, sin embargo, se excluyen a las unidades de gasto que ya se encuentren registradas en el Sistema de Información de Familias en Acción – SIFA IV.
Las familias que ya cuenten con encuesta SISBEN IV pueden solicitar la actualización de su ficha SISBEN en la alcaldía municipal si presenta alguna de las siguientes situaciones: 1) Errores en la información de identificación de las personas o estén desactualizados, 2) Por cambios de los miembros que conforman el hogar, 3) Por cambio del municipio de residencia y 4) Por cambios en las condiciones sociales y económicas del hogar.
Para el proceso de inscripción se generan los listados de las familias que son convocadas para realizar el proceso de inscripción. Cada municipio tendrá la información de las familias convocadas y definirá el mecanismo para informar y agendar la cita para que cada familia pueda acercarse a inscribirse de acuerdo con el cronograma establecido.
Sí. Cada municipio tendrá disponible la información para la consulta de los ciudadanos. El municipio indicará las fechas en las cuales se llevará a cabo el proceso y el mecanismo de agendamiento para que las familias asistan de forma ordenada. Esta información también estará disponible en la página web de Prosperidad Social.
No. Cada municipio organizará el agendamiento y convocatoria para inscribir a las familias en un esquema que permita atender diariamente un grupo pequeño de personas de acuerdo con el cronograma definido para el municipio.
No. Las familias fueron focalizadas con base en el resultado de la encuesta SISBEN IV, en donde una de las principales variables es la ubicación geográfica. Por tanto, solo podrán inscribirse en el municipio que dio origen al resultado de la encuesta y por consiguiente a la selección de la familia para ser parte del Programa.
- Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de quien se presenta como titular. En caso de que quien se presente para ser titular sea menor de edad, deberá presentar fotocopia legible de la tarjeta de identidad. Para ambos casos se aceptan fotocopias legibles del comprobante del documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Para las personas con ciudadanía diferente a la colombiana, únicamente se acepta fotocopia legible de la Cédula de Extranjería expedida en Colombia, con fecha vigente. En cualquiera de los casos, el documento original se podrá solicitar de requerirse para confirmar información de la fotocopia y/o aclarar inquietudes sobre los datos a registrar en SIFA.
- Fotocopia legible del registro civil de nacimiento de los NNA a inscribir. Si los NNA ya cuentan con tarjeta de identidad, se acepta que presenten únicamente la fotocopia legible de la tarjeta de identidad. El documento original se podrá solicitar de requerirse para confirmar información de la fotocopia y/o aclarar inquietudes sobre los datos a registrar en SIFA.
Se espera que quien se presente como titular sea la mamá de los Niños, Niñas y/o adolescentes a inscribir. Si por circunstancias propias de cada familia no puede ser la mamá, se acepta otro familiar siempre que esté en la ficha SISBEN de la familia y este a cargo del cuidado de los niños, niñas y/o adolescentes.
No. En el momento de la inscripción únicamente se aceptan mayores de 18 años siempre y cuando se presenten como el titular de la familia. Los demás integrantes de la familia a inscribir deberán tener menos de 18 años y estar registrados en la ficha SISBEN. Cuando no exista una persona mayor de edad dentro de la familia, podrá ser titular en el proceso de inscripción los adolescentes entre los 14 y 17 años (púberes), en virtud del principio de capacidad progresiva, hecho que se informará a las autoridades competentes para su revisión y seguimiento.
Sí. Se solicitará a quien se presente como titular que firme el “Contrato Social”, documento en donde se relacionan las obligaciones de la familia al ser parte del Programa, se dan autorizaciones para el uso de la información, se relaciona las reglas generales del Programa y las condiciones para su permanencia, así como del proceso de recertificación que se aplicará de acuerdo con las condiciones socioeconómicas de la familia.
Si. Se entregará un “comprobante de inscripción” en donde se relaciona la información de quienes quedaron inscritos. Dentro de este comprobante también van observaciones que debe tener en cuenta la familia después de realizada la inscripción. Adicionalmente la familia podrá llevarse el “contrato social” junto con todos los documentos que presentó parala inscripción, ya que toda la información será digitalizada y cargada en el Sistema de Información del Programa.
No. Todas las inscripciones estarán sujetas a un “proceso de validación” en donde se revisarán cada uno de los soportes entregados durante la inscripción y la información registrada en el sistema de información. Si todo está acorde a las reglas establecidas, la inscripción quedará en firme y se le informará a la familia.
Las familias que se inscriban entre mayo y junio de 2023 podrán recibir incentivos de en los ciclos 5 o 6 de 2023, siempre que cumplan con las corresponsabilidades exigidas por el programa.
Sí, ya que el focalizador para la selección y convocatoria al Programa Familias en Acción será el SISBEN IV.
Sí, ya que el focalizador para la selección y convocatoria al Programa Familias en Acción será el SISBEN IV.
Sí. El proceso de focalización para la selección de las familias a convocar en el proceso de inscripción de la IV fase tiene en cuenta el resultado de la encuesta SISBEN IV, independientemente si las familias ya habían participado en fases anteriores del Programa.
No. El Programa Familias En Acción y el proceso de Inscripción al programa NO tienen ninguna filiación política y ni depende de ningún partido político ni de resultados electorales.
No. El proceso de inscripción al Programa Familias en Acción es totalmente gratuito y no se cobra en ningún momento para ser parte de él.
El único programa creado por ley es programa Familias en Acción, no existe ningún programa llamado “Madre Cabeza de Hogar.
En el proceso de inscripciones actual la población migrante no hará parte del programa Familias en Acción. Sin embargo, el programa Familias en Acción está en proceso de adecuación de su operación para la atención de migrantes.
Casos Específicos del Proceso de Inscripción
R/ Las familias solo podrá inscribirse en el municipio en donde han sido convocadas.
R/ No se puede inscribir. Se le informa los documentos necesarios (en donde se aceptan contraseñas) y de ser necesario, se debe reprogramar la cita de inscripción.
R/. Se debe explicar a la persona qué documentos le hicieron falta o cuales debe traer sin enmendaduras y/o legibles para llevar a cabo el proceso. Es necesario reagendar la cita para que vuelva a presentarse con los documentos completos, legibles y sin enmendaduras.
R/ Si, esos documentos no son necesarios. Lo importante es que sepa el nombre de la entidad educativa y de la IPS que está atendiendo al niños, niñas y/o adolescentes para dejar el registro en SIFA.
R/ Sí. Aunque la inscripción se debe realizar en el municipio donde fue convocada la familia, los NNA pueden estar vinculados a una institución educativa que este ubicada en un municipio diferente. En el proceso se indica el nombre y municipio donde se encuentra la institución.
R/ Sí. Aunque la inscripción se debe realizar en el municipio donde fue convocada la familia, los niños, niñas y/o adolescentes pueden estar siendo atendidos por una IPS que este ubicada en un municipio diferente. En el proceso se indica el nombre y municipio donde se encuentra la IPS.
R/ Se informa a la solicitante que sólo podrá ser potencial participante del programa Familias en Acción, hogares en situación de pobreza y pobreza extrema que según la información registrada en el SISBEN estén clasificados entre los grupos A01 al B04.
R/ Solo pueden ser inscritos los niños, niñas y/o adolescentes que ya estén en la ficha SISBEN IV y que estén precargados en SIFA. Si la familia fue convocada, se puede inscribir con los NNA que aparezcan en SIFA.
R/Se debe realizar la inscripción con los niños, niñas y/o adolescentes que aparezcan precargados en SIFA, quienes son los que están registrados en la ficha SISBEN IV. Se le indica que debe actualizar la encuesta SISBEN IV para incluir a los hijos que no aparecen y poder hacer la novedad de ingreso al Programa una vez inicie la fase IV.
R/ Se debe advertir a la madre que el sistema sólo permitirá 1 inscripción por unidad de gasto en donde se identifique que está conformada por una sola familia (asociación de apellidos).
R/ Todos los NNA se pueden inscribir independientemente si el niño, niña y/o adolescente tiene o no alguna discapacidad, siempre que aparezcan precargados en SIFA. Durante el proceso de inscripción se dejará registrada la información sobre la discapacidad del NNA.
R/ Se indaga acerca de las razones por las cuales la madre no puede realizar el proceso de inscripción, recordando que el programa prioriza a la mujer (madre) como titular. Si las razones no son de fuerza mayor, se insiste para que la madre se presente y se reagenda la cita. En caso de que las razones no permitan que la madre se acerque a la inscripción y sean indefinidas en el tiempo, se podrá hacer la inscripción con el padre, siempre que esté incluido en los listados de focalización y haga parte de la unidad de gasto en SIFA.
R/ Se indaga acerca de las razones por las cuales ninguno de los padres puede realizar el proceso de inscripción, recordando que el programa prioriza a la mujer (madre) como titular. Si las razones no son de fuerza mayor, se insiste para que la madre se presente y se reagenda la cita. En caso de que las razones no permitan que la madre se acerque a la inscripción y sean indefinidas en el tiempo, se indaga por el padre para que se presente a la inscripción. Agotadas las opciones se podrá hacer la inscripción con la persona que se presente, siempre que esté incluido en los listados de focalización y haga parte de la unidad de gasto en SIFA, demostrando parentesco.
R/ No es posible inscribir personas que no hayan sido focalizadas y convocadas al proceso.
R/ El sistema permite el registro de un titular desde los 14 años. En este caso, podrá inscribirse la madre adolescente como titular con la tarjeta de identidad como documento de identificación y con el registro de nacimiento de su hijo, siempre que el niño ya aparezca precargado en SIFA con base en la información de la ficha SISBEN IV.
R/ Se deja la anotación donde la titular manifiesta no saber firmar y se procede a dejar la huella digital en el contrato social.
R/ Si se pueden inscribir, siempre que el niño aparezca en la misma unidad de gasto de la tía y este precargado en SIFA.
R/. Se deberá revisar quienes aparecen focalizados e invitar que sea un adulto quien sea el titular de la familia. En todo caso, es viable que el adolescente de 16 años se inscriba como beneficiario y titular a la vez. Se le solicita que brinde la información sobre quien es su tutor (autoridad competente a cargo de su custodia) y se informa a la regional de Prosperidad Social; lo anterior con base en lo establecido en la resolución 542 de 2023.
R/ Se debe revisar el listado de focalización para revisar si hay algún otro familiar que pueda ser el titular y este a cargo del NNA. Si solo están los dos (madre e hijo) y el hijo tiene más de 14 años, se podrá inscribir como titular y beneficiario a la vez. En este último caso, se le solicita que brinde la información sobre quien es su tutor (autoridad competente a cargo de su custodia) y se informa a la regional de Prosperidad Social; lo anterior con base en lo establecido en la resolución 542 de 2023.
R/ En este proceso de inscripciones no se recibirán custodias. En este caso se procede a revisar quienes conforman el listado de focalización para orientar la inscripción y realizar la cantidad de inscripciones que se requieran con los titulares que demuestren el parentesco con los NNA a inscribir.
R/ No, las correcciones en SIFA durante el proceso de inscripción no están permitidas teniendo en cuenta que la información proviene del SISBEN IV. En caso de presentar alguna inconsistencia en la información se deberá realizar la corrección en el SISBEN IV en el respectivo municipio.
R/ El proceso de focalización se realizó con base en la información de las “unidades de gasto” que aparecen en la ficha SISBEN IV. Con estos datos se implementó un ejercicio para identificar las familias que hacen parte de las unidades de gasto, haciendo comparaciones de apellidos. Aquellas unidades de gasto en donde se identificó que se trata de una sola familia, el SIFA solo permitirá hacer una inscripción y por ello su estado es “BLOQUEADO”. Esto quiere decir que después de realizar la inscripción, no se podrán realizar más inscripciones.
R/ Se realiza la búsqueda también por el documento de identidad del cónyuge o compañero o por uno de los documentos de identificación de los niños, niñas y/o adolescentes a su cargo o por los familiares con quien conviva y que hayan aplicado la encuesta SISBEN; si definitivamente la familia no aparece en el Sistema de Información SIFA, se informa a la madre que no puede continuar el proceso.
R/ El caso se debe elevar a Prosperidad Social – Nivel Nacional para revisar y hacer las correcciones que sean necesarias. En tanto se resuelva, no podrá realizarse la inscripción. Se deberá tomar los datos de contacto de quien tiene el inconveniente para informarle sobre la solución y que pueda realizar el proceso posteriormente.
R/ La Unidad de Víctimas ha venido sensibilizando a la población víctima de desplazamiento forzoso, para que realicen la encuesta SISBEN IV. la Ley 1948 de 2019 detalla que el Programa Familias en Acción está dirigido para personas en condición de pobreza y pobreza extrema, para lo cual Prosperidad Social hace uso del SISBEN IV para definir estos criterios. Por tanto, es indispensable que realicen la encuesta SISBEN IV para que puedan ser convocados a las inscripciones de la cuarta fase de operación.
R/ Para la población indígena se adelantará un proceso especial en donde se contará con la respectiva autoridad indígena. Para esta población no se requiere que tengan encuesta SISBEN IV. Si una familia indígena tiene encuesta SISBEN, hace parte de los listados de focalización, manifiesta que quiere inscribirse y no desea esperar el proceso con su comunidad, se puede continuar con el proceso y dentro del formulario de inscripción, dejar registrado que es una familia indígena. No obstante, se debe advertir que su inscripción quedara como familia SISBEN.
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