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El Fondo de Solidaridad Pensional es una cuenta especial de la nación, sin personería jurídica, destinada a subsidiar las cotizaciones de pensión de los grupos poblacionales que por sus características y condiciones económicas no tienen acceso a los Sistemas de Seguridad Social; así como también, otorgar subsidios económicos para la protección de adultos mayores en estado de indigencia o de pobreza extrema.
La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario, FIDUAGRARIA S.A., será la administradora de los recursos del “Fondo de Solidaridad Pensional”. Contrato de encargo fiduciario No 604/2018 que será administrado a través de su Unidad de Gestión, EQUIEDAD.
Actualmente el Fondo tiene dos programas:
a) El Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP)
b) El Programa Colombia Mayor
El Programa de Protección Social al Adulto Mayor “Colombia Mayor”, es un programa de asistencia social que busca aumentar la protección a los adultos mayores, por medio de la entrega de un subsidio económico, para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la indigencia o en la extrema pobreza.
El subsidio económico es entregado a la población de la tercera edad que cumpla con los requisitos establecidos, el cual a partir del mes de noviembre de 2019 es de $80.000 para todos los municipios del país. El subsidio que se otorga es intransferible y la orientación de sus recursos se desarrolla bajo los principios de integridad, solidaridad y participación.
Para ser beneficiario de este subsidio económico se necesita cumplir con los siguientes requisitos:
DOMINIO | PUNTAJE NIVEL I | PUNTAJE NIVEL II |
14 principales ciudades: (Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Cúcuta, Bucaramanga, Ibagué, Pereira, Villavicencio, Pasto, Montería, Manizales y Santa Marta) | 0,01 a 41,90 | 41.91 a 43,63 |
Resto Urbano | 0,01 a 41,90 | 41,91 a 43,63 |
Rural | 0,01 a 32,98 | 32,99 a 35,26 |
El subsidio económico es entregado a la población de la tercera edad que cumpla con los requisitos establecidos, el cual a partir del mes de noviembre de 2019 es de $80.000 para todos los municipios del país. El programa entrega el subsidio, a través de dos mecanismos:
Las inscripciones se realizan en las Alcaldías Municipales, en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en todos los municipios del país. En la ciudad de Bogotá el trámite se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.
El subsidio económico es entregado a la población de la tercera edad que cumpla con los requisitos establecidos, el cual a partir del mes de noviembre de 2019 es de $80.000 para
todos los municipios del país. El subsidio que se otorga es intransferible y la orientación de sus recursos se desarrolla bajo los principios de integridad, solidaridad y participación.
El subsidio se puede entregar de dos maneras:
El giro del programa Colombia Mayor se entrega de manera mensual a casi todos los municipios del país.
Los siguientes municipios reciben el giro cada dos meses:
Las personas beneficiarias pueden retirar el giro del programa en los puntos autorizados por el administrador fiduciario en cada municipio, previa verificación en la alcaldía municipal de este punto. Los operadores definidos para esto son: EFECTY, MATRIX y SUPERGIROS.
El beneficiario que ha ingresado al programa en cualquiera de sus modalidades, perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos en la normatividad vigente y en los siguientes eventos:
No, para poder ingresar a las personas que cumplan todos los requisitos el alcalde debe haberlos inscrito en una lista de priorización.
Dado que los recursos disponibles no son suficientes para cubrir a todos los adultos mayores que cumplen los requisitos para ser beneficiarios del Programa, se estableció una metodología de priorización que busca seleccionar a los ancianos más pobres de todos los entes territoriales del país.
Es requisito indispensable para todos los que resulten beneficiarios del subsidio económico haber sido sometidos a la metodología de priorización propuesta, que es una herramienta técnica que permite valorar las condiciones socioeconómicas de los aspirantes al subsidio y ordena a los adultos mayores del más pobre al menos pobre, con relación a los criterios de priorización.
Las personas adultas mayores de 90 y mas años de edad que se registren en los listados de priorización de potenciales beneficiarios del programa por parte de los municipios serán ingresadas de manera automática cuando existan cupos disponibles en el municipio de su residencia.
En el proceso de selección de beneficiarios que adelante la entidad territorial, debe aplicar los siguientes criterios de priorización:
La aplicación de los anteriores criterios de priorización busca seleccionar como beneficiarios del programa exclusivamente a los adultos mayores en las condiciones de pobreza más críticas.
El adulto mayor puede dirigirse a la Oficina del Adulto Mayor en la Alcaldía de su municipio o solicitar la información a través de nuestro Buzón de atención o el chat de la página web.
Los adultos mayores que pertenecen a la modalidad directa pueden cobrar el subsidio en las redes bancarias, previamente programadas en conjunto con la Alcaldía Municipal. Para conocer su punto de pago, comuníquese con el encargado del Programa Colombia Mayor de la Alcaldía de su municipio.
* Las preguntas relacionadas al Programa de Subsidio al Aporte en Pensión – PSAP no se responden, teniendo en cuenta que este programa seguirá haciendo parte de la oferta programática del Ministerio del Trabajo.
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