
Colombia Mayor: pagos desde este martes 30 de mayo, anuncia Prosperidad Social
4.4 (49) Los adultos mayores tendrán disponible la transferencia, desde el 30 de mayo hasta 13 de junio, en los puntos de pagos de SuperGIROS
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El Programa de Protección Social al Adulto Mayor – “Colombia Mayor” busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza.
Para inscribirse el adulto debe cumplir con los siguientes requisitos:
• Ser colombiano.
• Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
• Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
• Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
El Gobierno Nacional, unificó el valor del subsidio mensual del Programa Colombia Mayor, en ochenta mil pesos ($80.000) para todos los beneficiarios a nivel nacional.
En el caso Bogotá D.C, los beneficiarios del Programa Colombia Mayor reciben, además del valor del subsidio citado anteriormente, una suma adicional cofinanciada por el Distrito.
Los subsidios del Programa Colombia Mayor se entregan bajo dos modalidades:
La transferencia será mensual y los periodos de pago se informarán mes a mes. El recurso estará disponible para ser cobrado durante 10 días hábiles.
Los beneficiarios de los siguientes municipios por acuerdos logísticos con las entidades territoriales reciben la transferencia cada dos meses:
Consulte el listado de municipios
El beneficiario que ha ingresado al programa perderá el subsidio cuando deje de cumplir los requisitos establecidos ante la incurrencia de alguna de las siguientes causales de pérdida del subsidio:
Retiro voluntario.
No, para poder ingresar a las personas que cumplan todos los requisitos la persona encargada de la atención del programa en el municipio deberá inscribirla en el Sistema de información para las correspondientes validaciones.
Dado que los recursos disponibles no son suficientes para cubrir a todos los adultos mayores que cumplen los requisitos para ser beneficiarios del Programa, se estableció una metodología de priorización que busca seleccionar a los ancianos más pobres de todos los entes territoriales del país.
Es requisito indispensable para todos los que resulten beneficiarios del subsidio económico haber sido sometidos a la metodología de priorización propuesta, que es una herramienta técnica que permite valorar las condiciones socioeconómicas de los aspirantes a la transferencia económica, para ordenar a los adultos mayores de acuerdo con su nivel de vulnerabilidad.
A los adultos que tengan 90 años o más y que registren en los listados de potenciales beneficiarios del programa, serán ingresados de manera automática cuando existan cupos disponibles en el municipio de su residencia.
La aplicación de los anteriores criterios de priorización busca como su nombre lo indica dar prioridad a los adultos mayores con mayores condiciones de vulnerabilidad.
Cada vez que a un adulto se le asigne un cupo en el programa la entidad territorial deberá informar por los medios registrados. De igual forma, el adulto podrá dirigirse a la Oficina del Adulto Mayor de la alcaldía de su municipio o solicitar la información a través de los canales de participación ciudadana definidos por Prosperidad Social.
Los adultos mayores que pertenecen a la modalidad directa pueden cobrar el subsidio a través del operador de pago definido. Para conocer su punto de pago, comuníquese con el encargado del Programa Colombia Mayor de la alcaldía de su municipio.
A continuación, se relaciona la normativa que rige y sustenta el Programa de Protección Social al Adulto Mayor, “Colombia Mayor”.
Constitución Política de Colombia 1991. Artículo 2, Artículo 13, Artículo 15, Artículo 46http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1635955
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1666556
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1668597
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30036488
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Social/70.pdf
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Social/78.pdf
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Social/82.pdf
https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Social/100.pdf
https://www.fondodesolidaridadpensional.gov.co/conpes/11084-conpes-105-0-2/file.html
https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1004430
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/30039454
4.4 (49) Los adultos mayores tendrán disponible la transferencia, desde el 30 de mayo hasta 13 de junio, en los puntos de pagos de SuperGIROS
4.4 (94) Los adultos mayores tendrán disponible la transferencia, desde el 24 de abril hasta el 8 de mayo, en los puntos de pagos de
Prosperidad Social comenzará este jueves (16 de marzo) el pago, correspondiente a los meses de enero y febrero de 2023, a los beneficiarios de Colombia Mayor en las ciudades principales del país. A partir del viernes (17 de marzo), lo hará en el resto de los municipios
Desde este martes, 27 de diciembre, hasta el próximo 10 de enero, 1.634.840 beneficiarios de Colombia Mayor tendrán disponible la transferencia monetaria que corresponde al ciclo 12 del programa.
Desde el 30 de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2022, estará disponible el subsidio del programa
A partir del 1 de noviembre, más de 600.000 adultos mayores podrán cobrar el incentivo económico
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